El Modelo 303 es la declaración con la que autónomos y empresas liquidan el IVA cada trimestre. Te explicamos qué casillas importan, cómo se calcula lo que sale a pagar o a compensar y cómo simularlo en un minuto para no llevarte sustos con Hacienda.

El Modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA. Como autónomo o empresa, durante el trimestre cobras IVA a tus clientes (IVA repercutido) y pagas IVA a tus proveedores (IVA soportado). El 303 sirve para calcular la diferencia y liquidarla con Hacienda: si has repercutido más de lo que has soportado, pagas; si es al revés, el resultado sale a compensar o a devolver.
El corazón del Modelo 303 es una resta:
IVA a liquidar = IVA repercutido − IVA soportado deducible
Si el resultado es positivo, ingresas esa cantidad. Si es negativo, lo arrastras para compensarlo en los siguientes trimestres (y en el último del año puedes solicitar la devolución).
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Un diseñador ha facturado en el trimestre 9.000 € de base con IVA del 21 %, lo que supone 1.890 € de IVA repercutido. En ese mismo periodo ha tenido gastos afectos por 2.000 € de base con IVA del 21 %, es decir, 420 € de IVA soportado deducible. Su liquidación sería:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| IVA repercutido (ventas) | 1.890,00 € |
| IVA soportado (gastos) | −420,00 € |
| Resultado del 303 | 1.470,00 € a pagar |
El Modelo 303 se presenta cada trimestre en los primeros veinte días del mes siguiente al cierre: en abril (1T), julio (2T), octubre (3T) y en enero (4T). Anota estas fechas en tu calendario fiscal: presentarlo fuera de plazo conlleva recargos.
Cada trimestre, en los primeros 20 días de abril, julio y octubre, y en enero para el cuarto trimestre. Presentarlo tarde conlleva recargos.
Si el IVA soportado supera al repercutido, el resultado sale a compensar: arrastras ese saldo a los siguientes trimestres y, en el último del año, puedes solicitar la devolución.
Solo el IVA de gastos y compras afectos a tu actividad económica. El IVA de gastos personales o no relacionados con la actividad no es deducible.